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Tramitación de un Permiso Individual de Formación (3/4)

Tramitación de un Permiso Individual de Formación (3/4)

La pestaña de costes del PIF nos va a permitir reflejar la bonificación mensual que va a realizar la empresa en función de los costes salariales de la ausencia del trabajador a su puesto por el permiso.

 

COSTES BONIFICADOS DEL PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN.

 

«Las empresas aplicarán las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a medida que abonen los salarios a los trabajadores que disfruten de los permisos individuales de formación. A tal efecto, deberán comunicar previamente la cuantía y el mes en que se aplica la bonificación». (artículo 24, Orden TAS 2307/2007, de 27 de julio).

 

Cuando pasamos a la pestaña de «COSTES» nos encontramos dos secciones, la primera nos indica el importe del coste bonificable por el permiso que estamos tramitanto, la segunda nos va a permitir introducir los importes que la empresa se va a bonificar los diferentes meses incluidos en el periodo de disfrute del permiso.

 

 

El importe que aparece en la casilla «Coste del permiso» (en este caso 2.117,63 €) refleja el coste salarial estimado del trabajador que disfruta del permiso, obtenido como el coste bruto por hora de este trabajador, junto con la estimación obtenida por el aplicativo de los seguros sociales a cargo de la empresa , multiplicado por el número de horas del permiso.

 

Este importe actua como límite en el importe a bonificarse la empresa por este permiso. Si queremos calcular el coste por hora de permiso tendremos que dividir el importe de esta casilla entre el número de horas del permiso. En este caso:

 

Coste hora del permiso: 2.117,63 € / 144 horas = 14,71 €/h

 

Cos este valor ya podemos imputar los importes mensuales que la empresa se va a bonificar mensualmente en función de las horas que previsiblemente va a ausentarse el trabajador a su puesto de trabajo.

 

En nuestro ejemplo:

 

– Marzo: 352,94 € = 14,71 €/h x 24 horas de ausencia

– Abril: 352,94 € = 14,71 €/h x 24 horas de ausencia

– Mayo: 470,58 € = 14,71 €/h x 32 horas de ausencia

– Junio: 470,58 € = 14,71 €/h x 32 horas de ausencia

– Julio: 470,58 € = 14,71 €/h x 32 horas de ausencia

 

Normalmente en el último mes tendremos que redondear los céntimos, ya que la estimación que hace el aplicativo de los costes de seguridad social a cargo de la empresa, no nos van a permitir obtener un coste por hora exacto. (Por eso, en este caso hemos redondeado el mes de julio a 470,59 € para que el importe total de «crédito a bonificar» coincida con el importe de «coste del permiso»).

 

 

Para mecanizar esta información seleccionaremos consecutivamente los diferentes meses en los que el trabajador va a disfrutar del permiso (en el desplegable) e introduciremos los importes correspondientes (en la casilla «Importe»), marcando el botón «APLICAR» para que aparezcan los datos en la tabla de bonificaciones.

 

Estos valores se pueden modificar clicando en el botón «ELIMINAR», introduciéndolos de nuevo.

 

IMPORTANTE: Una vez hayamos tramitado la notificación de inicio tendremos hasta el día 20 del mes siguiente a dicha notificación para cualquier cambio que queramos realizar en el reparto de las bonificaciones mensuales. Cualquier cambio que tengamos que realizar con posterioridad tendremos que hacerlo a través de la pestaña de «INCIDENCIAS».

 

Una vez terminados de introducir los valores clicaremos sobre la opción «GUARDAR» y pasaremos a la pestaña de la notificación de inicio del PIF, que es la de «Información a la RLT», la cuál solo tendrá que cumplimentarse en caso de que la empresa a la que pertenece la persona que disfruta del permiso disponga de «Representación Legal de los Trabajadores». Debemos recordar que un PIF debe seguir el mismo tratamiento en este tema que una acción formativa, por lo que la empresa tendrá que informar en un plazo no inferior a 15 días, antes del inicio del permiso, su autorización a la RLT.

 





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1 Comment
  • aida

    1 febrero, 2016 at 7:34 am Responder

    Buenos días!
    Tengo una pregunta respecto al coste del permiso y el crédito a bonificar. Es el mismo importe?
    Es decir, en el coste del permiso automáticamente me aparecen 10.000€, importe que ha calculado la aplicación con la información que le he proporcionado, pero el crédito a bonificar seríen esos 10.000€ aunque el 5% del crédito de formación para mi empresa ascienda a 4.000€?

    No sé si tengo que indicar estos 4.000€ en el crédito que tengo a bonificar, que sería el máximo que puedo descontarme al ser el 5% de mi crédito anual de formación, o igualmente tengo que poner los 10.000€ y la tripartita ya lo validará?

    Muchas gracias!

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